Un año después que la Sala revocara la reforma al artículo 24 de la Ley de Partidos Políticos, los diputados de ARENA y FMLN señalan que no volverán a reformarlo.
“No, pero eso hay consenso de dejarlo así”, señaló el diputado Alberto Romero de ARENA; ¿No van a reformar?, preguntó Diario El Mundo, “No, hasta ahorita nadie lo ha propuesto”, señaló el tricolor.
El seis de febrero del 2015, la Sala de lo Constitucional revocó el decreto 843, que aprobó la Asamblea Legislativa, en octubre del 2014.
Ahí, los diputados legislaron que los partidos políticos debían entregar nombres de personas naturales y jurídicas que realizan aportes al partido y el monto “previa autorización expresa de los donantes”.
Según la Sala de lo Constitucional, consideró que “se inhibe el ejercicio del derecho de acceso a la información financiera de los partidos políticos”.
Y agrega que es así, porque “es razonable pensar que el sentido de la autorización del donante, dependerá del tratamiento que el solicitante diga que dará a la información financiera de los partidos políticos, sobre todo si es para el contro y la divulgación de quienes están detrás de dichos institutos” señala la sentencia 43-2013, de febrero 2015.
En dicha sentencia, la Sala dice que la reforma al artículo 24-A letra a) de la Ley de Partidos Políticos no producirán efecto jurídico constitucional alguno.
Sin embargo, para la diputada del FMLN, Jackeline Rivera, la Sala no está facultada para eso.
“Vuelvo y pregunto: ¿en qué parte de la Constitución dice que la Sala puede declarar o no reconocer una reforma porque simple y sencillamente no le gusta? Lo que la Asamblea aprobó es ley”, dijo.
Al consultarle si la comisión de reformas electorales ya tiene un proyecto para estudiar la sentencia dijo: “La Asamblea Legislativa ya se pronunció que la Sala no esté de acuerdo con la redacción que hizo la Asamblea, ya no es problema de la Asamblea pero ese expediente ya fue finiquitado, ya no existe en la comisión de reformas”.
Por su parte, uno de los demandantes del caso, Eduardo Escobar manifestó que de no hacerse la reforma, la Asamblea cae en desacato y vulnera la institucionalidad del país.
“Eso habilita a cualquier ciudadano a interponer un recurso de amparo, cuando un partido político se niegue a proporcionar la información financiera de los partidos políticos”, acotó Escobar.
Para él, la Sala podría informar a la Fiscalía General, sobre “actitud de incumplimiento”, por parte de la Asamblea.
Al final de cuentas, sugiere el abogado, la Asamblea está vulnerando los derechos ciudadanos, de acceso a información pública, sobre quiénes donan y cuánto donan a las instituciones políticas.
El caso
06/02/2014
La Sala de lo Constitucional ordenó a la Asamblea Legislativa, regular la transparencia, financiamiento -origen y destino-, demobracia interna, por omisión en la ley. Dio dos meses para ello.
31/10/2014
Los diputados aprobaron una reforma al artículo 24-A de la Ley de Partidos Políticos que condicionaba a los donantes, a permitir o no, revelar su información. Además, pedía que el solicitante dijera que uso le daría a la información.
06/02/2015
La Sala de lo Constitucional dio por no cumplida la sentencia 43-2013, ordenando -nuevamente- a la Asamblea, legislar sobre los condicionantes puestos para entregar la información a la ciudadanía, sobre el financiamiento.
12/10/2015
Diario El Mundo señaló en su edición, que tanto el Tribunal Supremo Electoral, como los partidos políticos negaron entregar información sobre el financiamiento recibido durante la campaña 2014.
Sala revocó reforma
El 6 de febrero de 2015, la Sala dio por no cumplida la sentencia 43-2013. Diputada del FMLN sostiene que la Sala no tiene facultad para ello.